Policy
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PERSONAL DATA TREATMENT POLICY
Stop SP INGENIEROS S.A.S, from "THE COMPANY" The protection and integrity of personal data is a priority, for this reason and being responsible for the processing of personal databases, this policy is incorporated in compliance with Law 1581 of 2012 and other complementary rules, which will apply to all databases containing or managing personal information.
When accepting to supply and treat data under this policy, it is expressly authorised to THE COMPANY, to make use of the data provided and requested during the processes for consultation, processing and use, with the following specific objectives according to the different interest groups:
Employees: Collection, registration, and updating of information for the purposes of communication, accreditation, insurance, training, reporting, and any other purpose resulting in the development of the working relationship.
Shareholders: Collection, registration, and updating of information for communication, accreditation, control, and any other purposes resulting from its status as shareholders.
Contractor and its employees: Collection, registration, and updating of information for the purposes of control, insurance, audit, compliance with tax and commercial regulations, sending of information related to the contractual and commercial relationship and any other purpose resulting from its status as contractors.
Communities: Relation, communication, registration, updating, formalization, control, and management of actions and activities in which the communities of the area of influence are related or linked to the company.
Customers: Relation, communication, interaction, registration, updating, insurance, care, processing, compliance, loyalty and management of the actions and activities in which they relate to or relate to the company.
In turn, the data may be collected and treated to:
- The development of the social object of THE COMPANY
- Compliance with the tax, commercial, labour and social security regulations applicable to each interest group.
- Develop customer loyalty programmes and surveys related to the services offered by THE COMPANY.
- To advance business and business welfare programmes directly or in partnership with third parties.
- Validation and consultation of data in public lists. STATE DATA TREATMENT POLICY Version 2 Date Approval 22 / 12 / 2017 9
- Share with third parties working with THE COMPANYwhich require information for the exclusive performance of their functions (e.g. Service providers, agencies etc.)
- Other purposes resulting from the civil, commercial or labour relationship between the EMPRESA and the data holder.
Surveillance
This policy applies from 22 December 2017.
December 2017
INTEGRAL POLICY HSEQ
In the development of our activities for the construction of civil works and engineering services, taking into account the interest groups, all the staff of SP INGENIEROS SAS, contractors and subcontractors are committed to:
- Maintain a comprehensive HSEQ management system (health, safety, environment and quality), aimed at continuous improvement, the quality of all its processes, ensuring the well-being and competence of human talent and customer satisfaction
- To provide safe and healthy conditions for the prevention of injuries I damage health, damage to property, hazard identification, assessment, prevention and control of associated risks and health promotion, seeking to eliminate hazards and / or reduce risks.
- To promote the quality of working life, the consultation and participation of workers and the return to work.
- Manage priority socio-environmental aspects and impacts and promote environmental protection, pollution prevention and compliance with other specific environmental commitments.
- Search for a strong stay in the market
To meet the objectives set, the current standards and other requirements applicable to the organisation.
ALCOHOL AND DRUG POLICY
To promote harmony, occupational health and occupational safety in SP INGENIEROS S.A.S.It explicitly prohibits the use, possession and / or marketing of alcohol and psychoactive substances in its facilities, headquarters, construction sites, workshops, housing or camps provided by the company.
It is strictly prohibited for its partners to submit to the workplace under the influence of illicit alcohol or psychoactive substances, to consume them or to incite others to consumption.
The violation of this policy is considered a serious offence and results in appropriate disciplinary sanctions, as set out in the law, the internal regulations and the employment contract of any kind.
Considerations to project achievements in alcohol and drug policy:
- To train and raise awareness among all personnel of the serious and sensitive effects of alcohol and psychoactive substances on physical and mental health, in the short, medium and long term.
- To prevent serious or even lethal accidents, given the high-risk activities, mostly V, within the headquarters or works of the company.
- Control the consumption of alcohol and psychoactive substances at work sites by regular check-up and inspection of staff by means of baffometries (alchohymetries).
- To establish strict sanctions for those who violate this policy in accordance with the law, as a result of the provisions of the labour contract and the internal labour regulations.
HUMAN RIGHTS POLICY
SP INGENIEROS S.A.S it is committed to the respect and promotion of human rights in the development of its operation and activities; in respect of employees, contractors and communities of the area of influence of the projects it develops.
The company's human rights policy is consistent and aligned with the organization, people, vision from the environment, safety, health, quality, sustainable development, ethics and corporate social responsibility, within the concept of generating roads and building with responsibility.
We therefore commit ourselves to:
- Respect the rights of workers, members of contracting companies serving the operation and of communities in the area of influence of projects without any discrimination; act with due diligence and not be complicit in human rights violations.
- To address, record and investigate in a transparent, effective and timely manner complaints related to the human rights aspects relevant to the operation and to seek through dialogue, resolution and implementation of actions.
- All workers have a natural obligation to know and contribute to the implementation of this policy in the field of their daily activities. Any possible violation of human rights or of this policy must be reported immediately to the direct head or the organization's Office of Human Management.
ETIC CODIGO AND CORPORATIVE GOVERNMENT
The code of ethics complements the precepts set out in SAGRILA / FT / FPADM MANUAL and TRANSPARENCE MANUAL AND EMPRESARY ETISTICS adoptado por la organización. Este, incorpora pautas éticas aplicables a miembros de la asamblea general de accionistas, miembros de junta, socios, administradores y empleados con el fin de que su proceder se realice conforme a los principios de la transparencia y confianza tanto en sus relaciones internas como con sus contrapartes o terceros.
El Código de ética y Buen Gobierno corporativo es una guía para alcanzar el propósito de ser siempre los mejores en nuestra labor. En consecuencia, todos los Empleados y demás Vinculados que cumplen funciones o labores para S.P. INGENIEROS S.A.S., aplicarán en todas sus actuaciones y decisiones lo establecido en este Código.
Todas las personas que cumplen o ejecuten actividades de las enmarcadas en el desarrollo de nuestro objeto social, sin perjuicio de las normas consagradas en el ámbito jurídico nacional, asumirán y cumplirán de manera consciente y comprometida los principios, valores y directrices éticas que se citan a continuación.
- En desarrollo de nuestra labor: Somos puntuales, disciplinados y comprometidos.
- En nuestras relaciones con todos los terceros: Otorgamos siempre un trato justo y equitativo.
- Respetamos y aceptamos las diferencias, creencias e ideales de los demás.
- Manejamos de forma respetuosa y transparente todas las relaciones contractuales originadas en el desarrollo del objeto social de la organización.
- Suministramos información veraz, exacta, completa y oportuna a todas las personas y entidades involucradas con la organización.
- No utilizamos información privada de la organización para beneficios propios.
- Procuramos y conservamos las mejores relaciones con la comunidad, respetando los acuerdos y leyes vigentes, fundamentado en los valores y principios empresariales que nos caracterizan.
- Estamos comprometidos con el cumplimiento de todas nuestras obligaciones, en los tiempos acordados y con altos estándares de calidad.
VALORES CORPORATIVOS
Los valores que orientan el actuar de nuestros empleados y terceros que se encuentren vinculados con S.P. INGENIEROS S.A.S., son los siguientes:
- Liability: Asumimos las consecuencias de nuestros actos y cumplimos con nuestros compromisos y obligaciones.
- Trust: Como empresa cumplimos a cabalidad los acuerdos sociales, morales, legales de forma satisfactoria con nuestros clientes y el equipo de trabajo.
- Honestidad: Actuamos con sinceridad, bajo los límites de las buenas costumbres, generando acciones de beneficio común siendo congruentes con lo que pensamos y hacemos.
- Adaptability: Estamos en constante adaptación, preparados para el cambio, afrontar nuevos retos y tener aprendizajes que nos permitan destacarnos en el mercado.
Excellence: Somos un equipo capacitado que cumple con prácticas sobresalientes para el logro de resultados basados en: la orientación al cliente, la optimización de sus recursos, liderazgo y perseverancia, procesos y hechos, mejora continua e innovación, alianzas mutuamente beneficiosas y responsabilidad social.
REGLAS DE CONDUCTA DE LOS DIRECTIVOS Y EMPLEADOS
Todos los directivos y empleados están obligados a cumplir las leyes, las disposiciones y reglamentaciones que expidan las autoridades, al igual que las políticas fijadas por la Dirección de la Compañía.
El interés de la Compañía y el de todas las entidades que hacen parte del grupo, prevalecerá siempre sobre el interés particular de las personas vinculadas laboralmente a ellas, cuando en negocios relacionados con el desarrollo de su objeto, pueda aparecer comprometida la doble calidad de empleado o directivo y de interesado particular.
El cumplimiento de las normas aquí establecidas es responsabilidad de todos y cada uno de los empleados. Cada Director y Jefe en su respectiva área deberá cerciorarse de que sean debidamente conocidas y acatadas.
No se podrán celebrar o ejecutar, directa o indirectamente, esto es por sí o por interpuesta persona, negocios que conforme a las buenas costumbres comerciales puedan calificarse de antagónicos con los intereses del Grupo Empresarial.
Sus empleados y directivos deberán obrar atendiendo siempre al buen éxito de las actividades y negocios del grupo, evitando todo conflicto con sus intereses personales y rechazando toda vinculación con personas, sociedades o asociaciones cuyas actividades sean iguales o similares a los del Grupo Empresarial.
1.USO DEL CARGO:
Ningún empleado podrá utilizar su posición en la Compañía o el nombre de ésta para obtener para sí o para su cónyuge, compañero o compañera permanente o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, tratamientos especiales en materia de préstamos y/o suministro de bienes o servicios por parte de personas que comúnmente negocien con las sociedades que hacen parte del Grupo Empresarial o que pretendan negociar con alguna de ellas.
En el ejercicio de su cargo, los empleados y directivos deberán dar a los terceros un trato justo, leal y en igualdad de condiciones, con el fin de que las relaciones de éstos con el Grupo Empresarial no originen un trato especial ni ventajoso para los unos o para los otros, ni induzcan al tercero a sentirse obligado a tener consideraciones especiales para con un empleado determinado.
Ninguna persona vinculada laboralmente a la Compañía o sus subordinadas o asociadas podrán buscar u obtener utilidad para sí, para sus parientes o para terceros, de informaciones privilegiadas o confidenciales o de oportunidades que se le presenten por ser empleado de ella. Tampoco podrá participar en actividades o negocios contrarios a la ley o las buenas costumbres que afecten su buen nombre.
Un pago que, legal, estatutaria o éticamente no pueda ser efectuado por la Compañía, no deberá realizarse indirectamente por medio de un directivo, empleado, miembro de familia, agente, corredor, consultor o cualquiera otra persona a quien se provea el dinero o se haga el reembolso de fondos.
El sistema de Control Interno incluirá procedimientos que ayudarán a supervisar el cumplimiento de estas políticas, siendo obligación de todos los empleados revelar a los Auditores Internos y si es el caso, a la Revisoría Fiscal, cualquier hecho que conozca o descubra relacionado con la violación de dichas políticas.
2. USO DE BIENES DE LA COMPAÑÍA:
Los activos, servicios y, en general, los recursos humanos y materiales de la Compañía deberán destinarse por sus empleados exclusivamente para el fin para el cual le fueron entregados, lo que obliga a evitar el uso inadecuado en beneficio personal o de terceros de cualquiera de los de bienes entregados para el desempeño de sus labores en S.P. Ingenieros
3. NEGOCIOS CON EX-SERVIDORES:
No podrá celebrarse ni ejecutarse ningún contrato, negocio u operación con exservidores del Grupo Empresarial, cuyo retiro haya tenido como origen una conducta atentatoria contra cualquiera de sus empresas o asociadas, o contra sus políticas o intereses, o que luego de su retiro muestre animadversión con ellas.
4. NEGOCIOS CON OTROS TERCEROS:
Los empleados que fabriquen o distribuyan productos que utilice cualesquiera de las compañías del Grupo Empresarial o que presten servicios que éstas contratan dentro de su giro ordinario, deberá poner dicha situación en conocimiento de su superior inmediato, con el fin de que éste obtenga un pronunciamiento escrito del comité de Ética, para solución de conflictos de interés.
El mismo procedimiento observará el empleado, cuando se trate de celebrar negocios con sociedades en donde su cónyuge, compañero o compañera permanente o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil tengan participación económica, directiva o administrativa y, cuando pretenda prestar cualquier clase de asesoría a persona distinta de su empleadora.
5. ACEPTACIÓN DE ATENCIONES:
Atenta contra el interés de la Compañía, que cualquier directivo o empleado acepte atenciones, en efectivo o en especie, tales como, regalos, invitaciones, comisiones, viajes, participación en negocios y cualquier otro ofrecimiento que implique un halago significativo que pueda comprometer o inclinar la conducta de los mismos en favor de quien las hace.
Dentro de este aspecto, sólo podrán aceptarse las atenciones normales y de común usanza dentro de las sanas prácticas comerciales y de éstas deberá tener conocimiento el jefe.
El empleado deberá indicar al proveedor que no adquiere ningún compromiso con el por aceptar su atención o regalo y que tendrá que entregarlo al jefe de su área respectivo quien definirá si debe devolverse o no.
El empleado deberá indicar al proveedor que no adquiere ningún compromiso con el por aceptar su atención o regalo y que tendrá que entregarlo al jefe de su área.
6. INFORMACIÓN QUE SUMINISTRA LA COMPAÑÍA O SUS EMPLEADOS:
Ningún directivo o empleado podrá suministrar datos o informaciones confidenciales del Grupo Empresarial a personas distintas de las autorizadas, bien sea que lleguen a su conocimiento por razón del cargo que ocupa o por cualquier otro medio. Tampoco podrá utilizar dicha información en beneficio propio o de terceros. Este aspecto incluye la prohibición de informar a los proveedores de las cotizaciones presentadas por sus competidores en negocios con sociedades del Grupo Empresarial. No obstante, las leyes nacionales pueden requerir la revelación de información financiera o de cualquier otra clase. Para asegurar que la Compañía esté al tanto de dichas revelaciones, deberá enviarse al Representante Legal, copia de los documentos que sean emitidos o que estén a disponibilidad del público y que tengan que ver con dichas leyes. Adicionalmente, la sociedad respectiva podrá determinar qué datos, relacionados con sus operaciones, deberán darse a conocer por voluntad suya, aun cuando no sean requeridos legalmente. Estos datos, si son significativos para la Compañía, deberán enviarse anticipadamente al Representante Legal para su revisión y para lograr asegurar su consistencia con otras informaciones, con las leyes y regulaciones aplicables.
7. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN:
Nuestra política Empresarial es mantener un alto nivel de seguridad en computación, comunicaciones y telecomunicaciones para conducir sus actividades libres de riesgos y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad de la información. (Ver política de seguridad de la información en intranet corporativa).
Ello implica proteger adecuadamente todos los componentes de los sistemas de computación y telecomunicaciones que se utilicen, esto es, la información, los programas y los equipos.
Es necesario disponer de planes que garanticen la continuidad de las operaciones críticas del negocio en el evento de daños o fallas que afecten los sistemas referidos.
Las normas o procedimientos que se establezcan para proteger los recursos deberán ser compatibles con los aquí descritos y deberán, ser observados por todos los empleados. Además de acatar tales normas, éstos deberán cumplir las siguientes:
Ser especialmente celosos en el cuidado y protección de los documentos que constituyen el archivo histórico de la Organización, respeto por las normas de protección de correspondencia externa, interna o confidencial. Velar, igualmente, por el cumplimiento de las normas legales sobre archivos contables y de correspondencia. – Antes de usar información almacenada en un computador, todo directivo o empleado deberá solicitar autorización para su acceso. La autorización se otorgará y la mantendrá el empleado mientras posea una real necesidad de conocerla para desempeñar sus funciones. Los empleados deberán proteger de pérdida, uso o divulgación no autorizados, la información y los programas de computador que se encuentren bajo su responsabilidad.
En todos los casos acatar las indicaciones del Director y Jefe del área Tics.
8. PROPIEDAD DEL MATERIAL PROVENIENTE DE CAPACITACIONES:
Todos los libros o memorias resultantes de un curso o seminario al que asista cualquier empleado del Grupo Empresarial, enviado o patrocinado por la Sociedad o sus subordinadas, pertenecerán exclusivamente a ésta y lo aprendido allí sólo podrá ser utilizado en beneficio del Grupo Empresarial, pues hace parte del programa de capacitación de la compañía.
9. PROPIEDAD INTELECTUAL:
Las invenciones, al igual que las mejoras en los procesos, procedimientos, herramientas, métodos de trabajo y los resultados de las actividades del empleado o directivo que generen mejoras materiales o en hardware, quedarán de propiedad exclusiva de la Compañía y ésta tendrá el derecho de protegerlos como propiedad intelectual a su nombre o a nombre de terceros, para lo cual, el empleado facilitará el cumplimiento oportuno de las correspondientes formalidades y accederá a la suscripción de los poderes y documentos necesarios para tal fin en la forma y tiempo que se lo solicite el empleador, sin que éste quede obligado al pago de compensación alguna.
Por consiguiente, todas las mejoras que realice el empleado, bien sea en los procesos, en las formulaciones, en los sistemas de trabajo, en los productos o en todas aquellas iniciativas que entregue como fruto de su labor o de los viajes realizados por cuenta de su empleador, serán de propiedad de éste y no podrán ser utilizados por el empleado en beneficio propio o de terceros, ni cuando esté laborando al servicio de su empleador, ni mucho menos cuando se haya retirado de la empresa, lo anterior, ya que la propiedad intelectual de los resultados de su trabajo pertenecerá exclusivamente a su respectivo empleador o a quien éste indique.
10. ACEPTACIÓN DE CARGOS:
Todos los empleados del Grupo Empresarial deberán obtener visto bueno del Representante Legal de la Compañía para poder aceptar cargos como miembro de Junta Directiva de cualquier persona jurídica, bien sea de carácter público o privado, por cuanto que, la dedicación de aquéllos tendrá que ser exclusiva a las actividades para las que sean contratados.
11. CONTRIBUCIONES POLÍTICAS:
Los directivos y empleados tendrán libertad para intervenir en horas no laborales en las actividades políticas de su escogencia. Su participación, ya sea con dinero, tiempo o propiedades, deberá ser un asunto netamente personal y en nada podrá inmiscuir al Grupo Empresarial.
Los empleados y directivos deberán abstenerse de toda práctica de proselitismo político interno.
12. REGLAS ADICIONALES DE CONDUCTA:
Todo directivo o empleado de la Compañía, estará obligado a comunicar a los superiores inmediatos y si es el caso, a Control interno y/o a la Revisoría Fiscal, todo acto irregular de otro directivo, empleado o tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses del Grupo Empresarial; y abstenerse de:
- Intervenir en actuaciones que permitan, amparen o faciliten la realización de actos ilícitos o que puedan utilizarse en forma contraria al interés público o a los intereses del Grupo Empresarial.
- Realizar actividades que constituyan competencia con el Grupo Empresarial.
- Incurrir en conductas dirigidas a generar miedo, intimidación, terror, angustia, a causar perjuicio laboral, desmotivación en el trabajo, inducir a la renuncia, maltrato laboral, persecución, discriminación, entorpecimiento y/o desprotección laboral para con sus subalternos y/o compañeros de trabajo.
- Cuando se presenten relaciones de pareja entre empleados, deberán ubicarse en áreas diferentes y en ningún caso ser Jefe y subordinada, de no darse el trasladado a otra área, uno de los dos deberá renunciar. Salvo que los resultados y comportamientos demuestren eficacia, eficiencia y profesionalismo en sus labores, además este aprobado por comité de Ética y conflicto de intereses y Gerencia.
SELECCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES O SERVICIOS DE LA COMPAÑÍA.
La selección de proveedores de bienes y servicios de SP INGENIEROS, se hará con el criterio de libre competencia, permitiendo y brindando igualdad de oportunidades a todos los proveedores que quieran participar en los procesos requeridos, y a su vez respetando siempre las sanas costumbres del mercado.
La compañía diseñará un proceso de selección de proveedores, que funcionará de acuerdo a las cuantías de cada proceso de negociación, en cumplimiento de las políticas de prevención de lavado activos y financiación de terrorismo, pero siempre enfocado al mejoramiento de la eficiencia y buscando la rentabilidad de la Compañía.
S.P. INGENIEROS S.A.S, cuenta con un proceso de registro de proveedores, en el cual se inscribirán todas las personas que pretendan iniciar relaciones comerciales con la Compañía, en donde se consignará información básica de acuerdo con el formato AYL-F-017.
Toda la información entregada por los proveedores deberá ser actualizada cada año o cuando haya un cambio importante.
La contratación de proveedores en la compañía estará orientada por los siguientes principios, que deben ser acatados y respetados por todos los proveedores que se vinculen:
- Igualdad: Los procesos estarán dotados de herramientas que permitan fijar criterios de selección claros, previos y objetivos. Todos los proveedores que cumplan con los requisitos exigidos en cada proceso de selección serán evaluados bajo igualdad de criterios.
- Eficiencia: El proceso de selección siempre tendrá como centro desarrollar procesos eficientes, que permitan seleccionar el proveedor que más se adecúe a la necesidad de la compañía, el proveedor con mejor tiempo de entrega y servicio posventas eficaz.
- Imparcialidad: La revisión de todas las ofertas presentadas en los diversos procesos de selección de proveedores, se realiza teniendo en cuenta únicamente el contenido de las mismas, y el cumplimiento de lo exigido en el pliego de condiciones o invitación a cotizar. En razón de lo anterior, las contrataciones se realizarán sin consideración alguna a factores de cercanía o afecto con determinado proveedor.
- Celeridad: El proceso de selección de proveedores se realizará dentro de los tiempos establecidos, evitando dilaciones o demoras sin justificación
POLÍTICA DE DENUNCIAS ANÓNIMAS
S.P. INGENIEROS S.A.S., ha desarrollado un sistema que permite garantizar transparencia en la ejecución de todos los procesos de la compañía, proporcionando canales de denuncia que garanticen el reporte oportuno y pertinente de situaciones que contraríen la ley, Sus Estatutos sociales y el Código de buen gobierno adoptado.
Canales:
comitedeseguimientoetico@sp.com.co
oficialdecumplimiento@sp.com.co
S.P. INGENIEROS S.A.S., garantiza total confidencialidad, discreción y prontitud en la atención a la denuncia que sea interpuesta por uno de los grupos de interés. El reporte es anónimo, y no es necesario que la persona que presente la denuncia suministre datos personales.

